lunes, 11 de junio de 2007

Ilícitos Tributarios


LOS ILICITOS TRIBUTARIOS: Constituyen ilícitos tributarios todas las acciones u omisiones que violen las normas tributarias.

Los Ilícitos tributarios se clasifican en :
  • Ilícitos Formales.
  • Ilícitos relativos a las especies fiscales y gravadas.
  • Ilícitos materiales
  • Ilícitos sancionado con pena restrictiva de libertad.

Ilícitos Formales: Se originan por el incumplimiento de los deberes siguientes:

  1. Inscribirse en los registros exigidos por las normas tributarias respectivas.
  2. Emitir o exigir comprobantes.
  3. Llevar libros o registros contables o especiales.
  4. Presentar declaraciones y comunicaciones.
  5. Permitir el control de la Administración Tributaria.
  6. Informar y comparecer ante la Administración Tributaria.
  7. Acatar la órdenes de la Administración Tributaria, dictadas en uso de sus facultades legales, y
  8. Cualquier otro contenido en este Código, en las leyes especiales, sus reglamentaciones o disposiciones generales de organismos competentes.

Ilícitos Relativos a las Especies Fiscales Gravadas: Originados por la importación, industrialización y comercialización de, alcoholes, especies alcohólicas, cigarrillos y demás manufacturas del tabaco que acarrea multas de 50 U.T a 350 U.T y el comiso de aparatos, recipientes, vehículos, instrumentos de producción, materias primas en caso de una industria clandestina y el comiso de las especies fiscales.

Ilícitos materiales:

  1. El retraso u omisión en el pago de tributos o de sus porciones.
  2. El retraso u omisión en el pago de anticipos.
  3. El incumplimiento de la obligación de retener o percibir.
  4. La obtención de devoluciones o reintegros indebidos.

Ilícitos Sancionados con Pena Restrictiva de Libertad:

  1. La defraudación tributaria.
  2. La falta de enteramiento de anticipos por parte de los agentes de retención o percepción.
  3. La divulgación o el uso personal o indebido de la información confidencial proporcionada por terceros independientes que afecte o pueda afectar su posición competitiva, por parte de los funcionarios o empleados públicos, sujetos pasivos y sus representantes, autoridades judiciales y cualquier otra persona que tuviese acceso a dicha información.

Tipos de Sanciones Tributarias: Las sanciones aplicables son:

  1. Prisión.
  2. Multa.
  3. Comiso y destrucción de los efectos materiales objeto del ilícito o utilizados para cometerlo.
  4. Clausura temporal del establecimiento.
  5. Inhabilitación para el ejercicio de oficios y profesiones.
  6. Suspensión o revocación del registro y autorización de industrias y expendios de especies gravadas y fiscales.

Situaciones que Eximen de Responsabilidad: Por ilícito tributario, son las siguientes:

No haber cumplido dieciocho (18) años.

Tener incapacidad mental debidamente comprobada.

Un caso fortuito y la fuerza mayor.· Un error de hecho y de derecho excusable.

La obediencia legítima y debida.

Bibliografía:

  • Código Organico Tributario

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