domingo, 29 de abril de 2007

Ley Orgánica de Seguridad Social



La Ley Orgánica del Sistema de Segurida Social (LOSSS) , es el resultado de diferentes anteproyectos y proyectos de leyes presentados durantes los años 200 y 2001; fue en Noviembre del 2001 que se aprobo dicha ley .


Esta ley garantiza el derecho a la salud y al as prestaciones por: maternidad, paternida, enfermedades y accidentes cualquier sea su origen , magnitud y duración,discapacidad, necesidades especiales, pérdida involuntaria del empleo , desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda y hábitad, recreación cargas derivadasde la vivienda familiar y cualquier otra circunstancia susceptiblede previción social que dicte la ley.



La seguridad Social: es concebida como un derecho que le asiste a toda persona a acceder, por lo menos a una protección básica para satisfacer estados de necesidad.


Objetivo de la Seguridad Social: Proteger a los habitantes de la República de las eventualidades de los trabajadores en caso de:

  • Enfermedades y Accidentes sean o no de trabajo.
  • Desempleo, maternidad.
  • Incapacidad temporal o parcial.
  • Invalidez, vejez, nupcialidad, muerte.
  • Sobrevivencia y cualquier otro riesgo que pueda ser objeto de previsión social.
  • Así como las cargas derivadas de la familia y las necesidades de vivienda.

Subsistemas que integran al Sistema de Seguridad Social:


  • Pensiones: tiene por objeto cubrir las eventualidades de invalidez, vejez, muerte, asistencia funeraria,nupciabilidad y sobrevivencia.

  • Paro Forzoso y Capacitación Laboral: es una protecciÓn temporal por causa de la terminación de trabajo, mediante el otrogamiento de prestaciones en dinero.

  • Recreación: Promover e insentivar el desarrollode programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo, social para los afiliados.

  • Salud: garantizar a los afiliados el financiamiento y la seguridad de la prestación de los servicios de salud.

  • Vivienda y Política Habitacional: crear mecanismos de facilidad para los afiliados en cuanto al acceso a una vivienda digna y adecuada incluyendo los servicios urbanísticos básicos.

Este es un sistema complejo, disperso, dificil de implementar y manejar dado al gran número de instituciones que deben funcionar a la par, de manera coordinada, pues las limitaciones de una , sus deficiencias y retrasos afectara directamente a las restantes, por lo cual su actiación debera estar enlazada , casi de manera sincronizada para así brindar respuestas a la población.


Bibliografía:


Ley Orgánica de Protección, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT)



La LOPCYMAT asume preceptos planteados en la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, como la participación protagónica de los trabajadores a través de los delegados de prevención y los comités de seguridad y salud laboral (CSSL); así mismo, plantea normas técnicas actualizadas en materia de higiene, seguridad y ergonomía. También establece los derechos y deberes de los trabajadores y empleadores, señalando las sanciones por incumplimiento de estas normas.


Esta ley promueve la implementación del Régimen de Seguridad y Salud social en el trabajo, en el marco del nuevo Sistema de Seguridad Social, abarcando la promoción de la salud de los trabajadores, la prevención de enfermedades ocupacionales y accidentes de trabajo, la atención, rabilitación, reinserción, recreación y turismos de los trabajadores. Así como también establece las prestaciones dinerarias que correspondan por daños que ocacionen enfermedades ocupacionales y accidentes de trabajo.


OBJETIVOS DE LA (LOPCYMAT):


  • Procurar al trabajador o trabajadora un trabajo digno, adecuado a sus aptitudes y capacidades.
  • Regular la responsabilidad del empleador y de la empleadora, y sus representantes ante la ocurriencia de un accidente de trabajo o enfermedad ocupacional cuando exixtiera negligencia de su parte.
  • Normar las prestaciones de la responsabilidad material y objetiva de los empleadores y empleadoras ante la presencia de un accidente de trabajo o una enfermedad ocupacinal.

ÁMBITO DE APLICACIÓN:


  • Quedan incluidos en el ámbito de aplicacion de esta ley: el trabajo a domicilio, doméstico y de conserjería.
  • Quienes desempeñen sus labores en cooperativas u otras formas asociativas, comunitarias,de carácter productivo o de servicio estarán amparados que dicta la ley.
  • Se expresa concretamente progamas de protacción a trabajadores: con discapacidades, mujeres embarazadas, trabajadores en condiciones de paternidad y maternidad, trabajo rural, entre otros.

La LOPCYMAT contempla sanciones indemnizatorias (hasta 12 años de salario) y por muerte o incapacidad del trabajador, hata 10 años de carcel (Art. 132).


Para evitar las sanciones o multas, el empleador deberá cuidarse de no infringir un conjunto de normas, entre las cuales se puede destacar:

  • La duración máxima de las jornadas de trabajo.
  • El trabajo nocturno.
  • O las disposiciones sobre días habiles.

De igual manera, el empleador debe asegurarse de que los empleados participen en el Comité de Seguridad y Salud Laborales, a través de la elección de sus delegados de Prevención, cuyo número variará según la cantidad de empleados totales dentro de cada empresa.

Así como también que los empleados hagan efectivo el disfrute de sus vacaciones remuneradas e informar sobre la ocurrencia de accidentes de trabajo de manera inmediata al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (INPSSL); al Comité de Seguridad y Salud Laborales y, al Sindicato. Puesto que la ley amplía a cinco años el período de prescripción de las acciones para reclamos por prestaciones, accidentes de trabajo o enfermedad profesional.

También, se deben realizar los exámenes pre-empleo, durante (antes de salir y después de vacaciones) y post-empleo, y asegurar su almacenamiento por cinco años (período de prescripción) y que los resultados sean firmados por el trabajador. Esto como respaldo ante futuros reclamos injustificados.

De igual modo, se debe hacer que los trabajadores descansen en las horas que les corresponde y disfruten de sus vacaciones, suministrar los equipos y materiales requeridos en materia de seguridad, facilitar la inducción y el adiestramiento específico por cada puesto de trabajo y dejar constancia mediante un documento en el que conste su recepción (con firma y huella dactilar).

Se debe participar en la elaboración de los planes y normativas de prevención, seguridad y seguimiento a las mismas y realizar las notificaciones de la terminación de la relación de trabajo ante el organismo competente (IVSS, Inpsasel).

DELEGADOS DE PREVENCIÓN: Son representantes de los trabajadores, que deben ser elegidos, en votación universal y secreta, directas y libres para ejercer la vigilancia, control y eveluación de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

FACULTADES DE LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN:


  • Acompañar a los técnicos de la empresa, asesores externos o a los funcionarios de inspeciónde los organismos oficiales, en las evaluaciones del medio ambiente de trabajo y de la infaestrucutra de las áreas para la recreación, descnso y turismo social.
  • Tener acceso a la información relativa a las condiciones de trabajo.
  • Solicitar a los empleadores la aplicación de medidas preventicas para la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores.
  • Pedir a los empleadores informenes de las personas u órganos encargados de las actividades de seguridad y salud en el trabajo de la empresa.

    BIBLIOGRAFÍA:

domingo, 22 de abril de 2007

Contrato de Trabajo


El contrato de trabajo es aquel mediante el cual una persona se obliga a prestar servicios a otra bajo su dependencia y mediante una remuneración.Este se puede celebrar por escrito en dos ejemplares, una para el patrono y otro para el trabajador.


Solo podrán ser Contratados:


  • Los mayores de edad (18 años).
  • Los menores de edad legalmente emancipados.
  • Los extranjeros de acuerdo con la legislación que les sea aplicables.

    Especificaciones del contrato de trabajo:

  • Contara con los datos de la persona contartada y de la empresa; como (nombre,nacionalidad,estado civil, domicilio, entre otros).
  • El tipo de contrato que se celebra.
  • La duración del contrato, cuando sea un periodo fijo o indicandolo por un tiempo indeterminado.
  • La fecha en que se iniciara la relación de trabajo y su duración.
  • El fin del contrato, las funciones que desempeñara el trabajador dentro de la empresa.
  • La Remuneración.
  • Condiciones en las que se prestara el servicio (lugar, dias a la semana, horario, entre otros).
  • La firma de ambas partes.

Tipos de Contratos de Trabajos: Estos pueden ser los siguientes.

  1. Contrato por tiempo Indeterminado: Se considerará celebrado por tiempo indeterminado cuando no aparezca expresada la voluntad de las partes, en forma inequívoca, de vincularse solo en ocasión de una obra determinada o por un tiempo determinado.

  2. Contrato por Tiempo Determinado: Es el que se lleva a cabo por un tiempo determinado para la realización de una obra o servicio contratado. Este concluira por la expiración del término convenido y no perdera su condición especifica cuando sea objeto de una prorroga, en el caso de dos o más prorrogas el contrato se considerara por tiempo indeterminado.

  3. Contrato para una Obra Especifica: Este tipo de contrato durara por todo el tiempo requerido para la ejecución de la obra y terminara con la conclusion de la misma.

  4. Individual: Cuando se lealiza entre un patrono y un trabajador.

  5. Colectivo: Cuando se lealiza entre uno o varios sindicatos y uno o varios patronos.

Caracteristicas del Contrato de Trabajo:

  • Consentimiento: este se celebra por contrato de las partes.
  • Objetivo: establece las condiciones de la relacion de trabajo entre las partes.
  • Subordinación o dependencia: una persona se obliga a prestar sus servicios a otra bajo su dependencia.
  • Remuneracion: para que exista contrato de trabajo la labor debe ser remunerada.
  • Servicio personal: la persona uqe realiza el trabajo no puede ser sustituida por otra sin el previo consentimiento del patrono.
  • Lícito: la labor que se vaya a realizar debe estar de acuerdo con la ley , la moral y las buenas constumbres .

Periodo de Prueba: Se puede establecer por las partes de manera escrita un periodo de prueba que no debe exceder de (90 días), para que el trabajador considere si el trabajo que realiza y el salario que obtiene es de su conveniencia, y así el patrono estime los conocimientos, aptitudes y comportamiento del trabajador.

Irrenuncibilidad de Derechos: El patrono no puede instar al tranbajador que renuncie a las normas y dispisiciones que le favorecen, sin embargo la ley no excluye la posibilidad de que se celebre una nueva transacción entre las partes ante la presencia de un funcionario.

Discriminación: En las condiciones de trabajo queda prohíbido la discriminación ya sea basadas por edad, sexo, raza, estado civil, religion, filiación política, condición social o antecedentes penales.


Bibliografia:

http://www.conapri.org/articledetails.asp?articleid=231404

http://www.apalancar.org/detalle.

miércoles, 18 de abril de 2007

Las Cooperativas


ORIGEN DEL COOPERATIVISMO

Esta surge como consecuencia de la revolución industrial en el siglo XIX, en Europa, específicamente en Gran Bretaña, esto se debió a que los trabajadores en este país muchas veces no recibían dinero por el pago de su trabajo sino que se les cancelaba en especies, con la desventaja de recibir productos de mala calidad y a precios muy altos. Por lo cual los trabajadores decidieron unirse para así ellos mismos convertirse en sus propios proveedores y tener los artículos que ellos deseaban a precios mas accesibles, naciendo así las cooperativas.
Ellos debieron reunir un capital para poder crear esta asociación, por lo que tuvieron que realizar un gran esfuerzo de ahorro, creando un patrimonio y así fundaron la sociedad "De los Probos Pioneros de Rochdale", en 1844. Esta estaba ubicada en Rochadle, Ciudad Manchester, Inglaterra; ellos impusieron reglas que debían respetar rigurosamente y que fueron una de las causas de su éxito.
Las cooperativas llegaron a Latinoamérica a finales del siglo por la gran afluencia de extranjeros que llegaban de Europa que se establecieron en Argentina, Uruguay y el Sur de Brasil.

El origen del cooperativismo en Venezuela: Este se desarrollo en las comunidades indígenas por su forma de trabajo colectivo.
La cayapa o forma de trabajo colectivo para lograr un beneficio común, es una expresión de organización de nuestras comunidades indígenas.
En Venezuela la primera cooperativa se constituyó en 1890 en Chiguará, Estado Mérida, la actividad desarrollada fue el ahorro y crédito.

Cooperativismo: Este es un movimiento socioeconómico constituido por asociaciones económicas en las que sus miembros son beneficiados por el trabajo realizado en busca del objetivo en común. Este promueve la unión de las personas que tengan interese comunes dentro de la organización donde todos tiene los mismos deberes y derechos.

Valores del cooperativismo: El cooperativismo se fundamenta en los siguientes valores para alcanzar el objetivo en común:
  • Ayuda Mutua
  • Esfuerzo Propio
  • Responsabilidad
  • Democracia
  • Igualdad
  • Equidad
  • Solidaridad

Principios del Cooperativismo:

  • Asociación abierta y voluntaria
  • Gestión democrática de los asociados
  • Participación económica igualitaria de los asociados
  • Autonomía e independencia
  • Educación, formación e información
  • Cooperación entre cooperativas
  • Transformación económica, social, cultural y política, para fortalecer la economía social del país.
  • Compromiso por la comunidad

COOPERATIVA
Esta es una empresa donde se busca la producción, obtención, consumo o crédito de participación libre y democrática, que esta conformada por un grupo de personas que buscan un objetivo en común social y económico , donde le beneficio es determinado por la cantidad de trabajo aportado por cada uno de los miembros para la obtención del objetivo en común y no por la cantidad de dinero que este halla aportado.
Las cooperativas a diferencia de las sociedades mercantiles son sociedades de personas y no de capital. Donde existe la igualdad de derechos para sus integrantes en cuanto a la gestión social. Las Cooperativas reparten sus excedentes o ganancias según el trabajo realizado por cada uno de sus miembros al logro del propósito común. En las sociedades mercantiles esta se reparte de acuerdo con la cantidad de capital económico aportado.

Diferencia entre Cooperativismo y Cooperativas:
Cooperativismo: Doctrina que promueve y defiende la cooperación en el campo económico y social.
Cooperativas: Asociación de compradores, comerciantes o productores que practican la cooperación.

MARCO REGULATORIO
Las Cooperativas y su forma de coordinación, asociación e integración se rigen por el marco legal siguiente:

  • Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. (Art. 52, Art,118, Art 184, Art 299, Art 308).
  • Ley especial de asociaciones Cooperativas 2001.
  • Providencias emitidas por la Superintendencia Nacional de Cooperativas (Sunacoop).
  • Estatutos de cada Cooperativa.
  • Reglamentos y Disposiciones internas de cada Cooperativa.
  • Estatutos de cada organismo de integración.
  • Reglamento y disposiciones internas de cada organismo de integración.
  • Y en general por el Derecho Cooperativo.

En la constitución de la República Bolivariana de Venezuela hay un amplio articulado en lo referente a las asociaciones cooperativas; en este se explica que el estado esta en la necesidad de apoyar la creación de este tipo de empresas, con el fin de fomentar el desarrollo popular del país, así como también exige a los estados y municipios a que esto creen mecanismos abiertos y oportunos para las gestiones de prestamos relacionados con la creación de este tipo de asociaciones que estimulen las expresiones de la economía social. También el estado esta en la obligación de proteger y promover la pequeña y mediana industria, las cooperativas, las cajas de ahorro, entre otros con el fin de fortalecer el desarrollo económico del país, sustentándolo en la iniciativa popular.
Las Cooperativas son beneficiadas por las diferentes leyes tributarias de la República, en lo referente a la exención de pagos de impuestos y pagos de cualquier índole como la Ley de Impuesto sobre la Renta, El Impuesto al Valor Agregado (IVA) y las Ordenanzas de tributos municipales de las diferentes alcaldías.
La Ley especial de Asociaciones Cooperativas nace para dar cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, referido a la obligación del Estado de promover y apoyar a las cooperativas.

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE COOPERATIVAS (SUNACOOP)
La Superintendencia Nacional de Cooperativas, es un organismo adscrito al Ministerio para la Economía Popular, al que por ley le corresponde la legalización, registro, supervisión y promoción de las cooperativas en Venezuela. SUNACOOP es la entidad del Estado que tiene como objetivo impulsar, apoyar y fomentar la economía cooperativa en el país.

Funciones:

  • Ejercer la fiscalización de las cooperativas.
  • Organizar un servicio de información sobre las cooperativas con objeto de facilitar el control de las mismas.
  • Imponer sanciones a las cooperativas.
  • Coordinar con otros organismos competentes la ejecución de las políticas de control en materia cooperativa.
  • Emitir las certificaciones.
  • Entre otras.

TIPOS DE COOPERATIVAS
Cooperativas de Producción de Bienes y Servicios: Consisten en agrupaciones de personas de un mismo oficio o con un fin común, que por medios propios producen ciertos artículos vendiéndolos directamente y distribuyéndose entre ellos las ganancias tales como: la producción industrial o artesanal, la producción agropecuaria o pesquera, la producción minera, transporte colectivo o de carga, producción de diversos servicio del hogar y, en general, de todas aquellas actividades que son demandadas por otras personas o instituciones.
Cooperativas de Consumo de Bienes y Servicios: Tienen como objetivo satisfacer mejor y más económicamente las necesidades de sus miembros. Esto, se da por medio de la mejora de los servicios de compra y venta de artículos de primera necesidad.
Cooperativas de Ahorro y Crédito: Las Cooperativas de Ahorro y Crédito son aquellas que tienen por objeto fundamental fomentar el ahorro y otorgar préstamos a sus asociados con los recursos aportados por los mismos, a un interés muy bajo, con el fin de eliminar los altos costos que representan los créditos otorgados por los bancos comerciales.
Cooperativas Mixtas: Estas persiguen dos objetivos, la producción de bienes y servicios para terceros y la obtención de bienes y servicios para sus asociados.

Ventajas de las Cooperativas:


  • Las cooperativas son autónomas e independientes.
  • Están exentas del pago del impuesto sobre la renta.
  • No pagan los derechos de registro ni cualquier otro arancel por la prestación de un servicio.
  • Las cooperativas pueden ser objeto de financiamiento por parte del estado en condiciones especiales.
  • Diversas leyes otorgan a las cooperativas preferencias en las licitaciones y contratos con las entidades del Estado.

DIFERENCIAS ENTRE LAS SOCIEDADES MERCANTILES Y LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS


Sociedades Mercantiles:
Limitada cantidad de accionistas.
El poder lo determina la cantidad de acciones que se posean.
El capital se fija en el documento constitutivo. Su alteración se rige por normas jurídicas.
Las acciones son negociables y transferibles.
Las utilidades o ganancias se reparten según el número de acciones de cada socio.


Sociedades Cooperativas:
Se acepta cualquier cantidad de asociados.
Cada miembro tiene un solo voto independientemente de la cantidad de certificados que posea.
El capital es indeterminado.
Los certificados son intransferibles y solo pueden ser negociadas entre cooperadores.
Los excedentes se distribuyen sobre la base de las operaciones y trabajo que el socio haya aportado.

Aspectos Obligatorios y recomendados para la constitución y puesta en marcha de las cooperativas:

  • Solicitar un taller de cooperativismo.
  • Retirar, llenar y entregar la planilla de reserva de denominación.
  • Retirar el certificado de denominación.
  • Redactar y elaborar los estatutos y el acta constitutiva.
  • Visado el documento y registro.
  • Formalizar su inscripción ante la superintendencia cooperativista.
  • Retirar la constancia de inscripción de las cooperativas.
  • Publicar en un diario de circulación nacional el acta constitutiva.
  • Solicitar el número de registro de información fiscal (RIF).
  • Protocolizar los distintos libros contables exigidos.
  • Se debe realizar un Balance de apertura.
  • Abrir una cuenta bancaria de ahorro o corriente.
  • Inscribirse en el Seguro Social Obligatorio y el INCE.
  • De requerir elaborar un proyecto financiero especifico, para cubrir deficiencias. Como el Banco de la Mujer, FONTUR, BANDES, entre otros.

BIBLIOGRAFÍA
Superintendencia nacional de cooperativas (2007), Conceptos de Cooperativas y Cooperativismo, Marco Legal, pasos para la constitución de asociaciones cooperativas.
http://www.sunacoop.gob.ve/linkpasos.html.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999).
Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (2007). Inscripción en el Registro Único de Información –Inscripción.
http://www.seniat.gov.ve

Propiedad intelectual, propiedad industrial, Libertad de industria y comercio y SAPI



En Venezuela la Propiedad de Industria y Comercio es regulada , por el Servicio Autónomo de la propiedad intelectual (SAPI). Esta es la entidad que otorga al inventor o descubridor por la creación de cualquier producto relacionado con la industria un certificado, con el fin de diferenciar los resultados de sus trabajos con otros similares. Estos son derechos absolutos o de exclusión que requieren, para su válida constitución la inscripción en este registro; trancurrido el tiempo de existencia legal, caducan los derechos. La caducidad puede surgir por otros motivos como la falta de pago de las anualidades o cuotas correspondientes, el no uso por el plazo que la ley determine en cada caso, y la voluntad, por ende, de los interesados.

Comerciante: son las personas que tienen la capacidad para contratar, haciendo del comercio su profesión habitual, y las sociedades mercantiles.

Propiedad Intelectual: esta tiene que ver con las creaciones de la mente: , las obras literarias y artísticas, los símbolos, las invenciones, los nombres, las imágenes y los dibujos y modelos utilizados en el comercio. Se
exige que las concesiones exclusivas de propiedad industrial no sean perpetuas, por lo cual se determina que tengan un tiempo de duración distinto según las distintas modalidades que discriminen esta propiedad especial y temporal. Transcurrido el tiempo de existencia legal, caducan los derechos.

Propiedad Industrial: es la serie de derechos que puede poseer una persona fisica o juridica sobre una invención , como pueden ser ( certificado industrial, certificados de protección de medicamentos y productos fitosanitarios, patentes,modelos, entre otros).

Patente de Industria y Comercio: Es un titulo de propiedad de una invención tecnológica,tiene una protección legal dada por el titulo de patente, la cual confiere al inventor el derecho exclusivo de explotar comercialmente la invención dentro del territorio del país que otorga el derecho.


Tipos de Patentes:
  • De Invención: Su duración es de 20 años .
  • De Modelo de Utilidad: Su duración es de 10 años.
  • De Mejora: Esta patente consiste en resguardar la mejora que alguna persona le haya hecho a un invento ya existente, su duración es de cinco a diez años según la voluntad del solicitante, y según la Ley de Propiedad Industrial.

Marco Jurídico que Regula las Patentes :

  • La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Art. 98 y 156 ordinal 32).
  • Ley de Propiedad Industrial de 1955.
  • Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial.
  • Ley de protección para la libre competencia.
  • Desicion 486 de la comision de la comunidad Andina de Naciones

Marcas: Es en lo primnero que piensa el consumidor al escuchar el nombre de la compañia. La marca es todo signo perceptible que hace capaz de distinguir en el mercado, los productos o servicios producidos o comercializados por una persona o empresa de los productos o servicios idénticos o similares de otra persona o empresa. Pueden ser registrados como Marcas todos los signos o simbolos que sean aptos para distinguir bienes y servicios en el mercado que sean susceptibles de representación gráfica.

Tipos de Marcas:

  • Marca de producto o servicio.
  • Marca colectiva.
  • Marca de certificación.
  • Marcas Mixtas.
  • Marcas Figurativas (logos).
  • Marcas denominativas.

Objetivos del SAPI :

  • Crear un registro público de comerciantes y actividades comerciales.
  • Elaborar un censo comercial permanente.
  • Da valor agregado a casi la totalidad de los bienes materiales y servicios que utilizamos. Promueve el sistema de la propiedad intelectual como parte del desarrollo socio – económico y sostenible.
  • Coordina con su Ministerio (MPC) la ejecución de políticas.

domingo, 1 de abril de 2007

Constitucion de las empresas


Sociedad: una sociedad es aquella por la cual dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industrias, con el ánimo de repartir entre si las ganancias, con el fin de realizar actividades privadas , generalmente comerciales. A sus miembros se les denomina socios.


Tipos de sociedades: estas pueden ser sociedades civiles o mercantiles.


Sociedades civiles: son las que realizan actos civiles y adquieren personalidad juridica, desde que se formaliza el respectivo contrato en la oficina Sulbalterna de Registro Público.


Sociedades Mercantiles: son aquellas que tienen por objeto la realizacion de uno o más actos de comercio.


Las sociedades Mercantiles se pueden dividir de la siguiente manera:



  • Sociedad en nombre colectivo: es aquella que existe bajo razon social y todos los socios responde de manera solidaria e ilimitada las razones sociales.

  • Sociedad en Comandita: al igual que en la anterior existen socios con responsabilidad ilimitada, que son llamados socios solidarios o comanditantes y otros que asumen responsabilidad limitada y son llamados comanditarios.

  • Sociedades Anónimas: es una sociedad de capital por acciones, tiene responsabilidad limitada en cuanto a la inversión de la sociedad.

  • Sociedades de Responsabilidad Limitada: sociedad de capital determinado el cual es dividido en cuotas de participación, y no estarán representadas por acciones ni titulos negociables.

Para la constitución de la empresa: es necesario seguir unos pasos iniciales que son:



  • Acuerdo entre las partes que quieran conformar la sociedad.

  • Tener información acerca de que tipo de empresa se quiere crear y lo referente a la misma.

Los pasos formales para la constitución de la empresa son:



  1. Contratación de un abogado.

  2. Reservar el nombre.

  3. Redección del acta constitutiva.

  4. Apertura de una cuenta bancaria a nombre de la empresa.

  5. Visado del documento constitutivo.

  6. Contratación del comisario.

  7. Presentación legal del acta constitutiva en el Registro Mercantil.

  8. Pago de aranceles en el Registro Mercantil.

  9. Publicación del documento constitutivo en un diario de circulación Nacional.

  10. Adquisición de los libros de contabilidad exigidos por la ley.

  11. Emitir sellado de los libros ante el Registro Mercantil.

Obligaciones subcidiarias:



  1. Inscripción de la empresa en el registro Único de información fiscal ( RIF).

  2. Incripción de la empresa y de sus trabajadores el S.S.O.

  3. Solicitud de la patente de industria y comercio.

  4. Autorización del cuerpo de bomberos para poder comenzar a funcionar.

  5. Inscripción el el INCE.

  6. Cancelar pagos procedentes de relaciones de trabajo.